Por supuesto que puedes sin ningún problema. Según la nueva Ley de Propiedad Horizontal, si la instalación del punto de carga se realiza directamente al propio contador, solo sería necesario hacer comunicación por escrito, dirigida al presidente o al administrador notificando nuestra intención de ejecutar la obra.
No obstante la Comisión Europea obligará a instalar puntos de recarga para coches eléctricos en todos los garajes comunitarios a partir de 2021. Desde Etecnic creemos que es mucho más eficiente crear una infraestructura previa a la instalación del primer punto de recarga.
El proyecto tiene un bajo coste repercutido a todos los vecinos y permitiría aprovechar mejor el uso de la energía ya que sería la comunidad la que tiene contratada un contador general para recarga de vehículo eléctrico, a la cual cualquier vecino podrá fácilmente poner el cargador que desee. El único requisito es que éste tenga comunicación en ambos sentidos.